El pasado jueves día 3 de junio, se reunió vía Teams la subcomisión del 2% promoción en la que fué su última sesión.
El acuerdo alcanzado entre la Dirección y los sindicatos STC, CCOO y CSIF se ha trasladado en el día de hoy a la Comisión de Empleo para su aprobación, y para cumplir con lo recogido en la disposición transitoria V, en cuanto a quien establece los criterios a efectos de no dejar ningún resquicio a la impugnación o denuncia. Una vez cumplido este trámite, se ha instado a los componentes de la Mesa de Convenio a que ratificarán el acuerdo.
Para el Sindicato Independiente ha sido imposible dar su conformidad.
El día 28 de mayo en un intento de sumarnos al acuerdo solicitamos que se hiciera un ejercicio de reflexión, además, de un ejercicio práctico intercambiando el orden de aplicación de los criterios 2 y 3, es decir, aplicar primero la fecha de último cambio/promoción ordenada de mayor a menor, y a continuación ordenar por salario de menor a mayor.
A través de esa comparativa queríamos hacer visible que, entre la lista de los acordantes y la fórmula propuesta por el SI, las concordancias en el Excel (51 posiciones de promoción) era aproximadamente de un 75%, mientras que las diferencias se situaban cerca del 25%. El día 3 de junio fecha de la última reunión de esta subcomisión, tal y como era de esperar, recibimos una respuesta negativa tanto por parte de la Dirección como del resto de sindicatos.
Para unos y otros suponía una gran diferencia con respecto a la primera lista, y no dio opción a más, salvo a que el resto de la parte social se pronunciara con respecto a la propuesta del SI, y para nuestra sorpresa y escarnio solicitar un ejercicio de seriedad al Sindicato Independiente, que si algo ha demostrado tener es seriedad y compromiso con lo pactado, pese a que no haya constancia escrita de ello.
La seriedad o más bien la falta de seriedad proviene de la parte de la Dirección, y del hecho de no existir ningún acta de todo el desarrollo de las reuniones mantenidas por esta subcomisión, documentos públicos que cualquier trabajador puede solicitar y probatorios de lo que comenzó siendo la comisión empleo y los criterios acordados, y lo que ha acabado siendo esta subcomisión…
En esta melé de datos maleados ya advertimos que no íbamos a participar, cuando se llega a acuerdos se hace por el interés del bienestar general, no por ningún interés particular. Ese ha sido siempre nuestro objetivo.
En cuanto a los criterios son prácticamente los mismos que ya adelantábamos en una comunicación anterior, ahora pasados por el filtro redactor de la Dirección y transformados en forma de acuerdo en el día de hoy:
- Promoción para el personal de convenio que no haya tenido ningún tipo de promoción económica (cambio de grupo y nivel, o solo de grupo, o solo de nivel) en los últimos 8 años, contados a partir del 2013.
- A partir de lo resultante de aplicar el punto/criterio 1., se ordena el listado según retribución económica del trabajador/a de menor a mayor (se excluyen los complementos de puesto, CRV´s, plus de transporte y el complemento o importe por la comida).
- Si después de aplicado el punto/criterio 2., hubiese empate en cuanto a la retribución, se procederá a ordenar por fecha del último cambio (entendido como cambio de grupo y nivel, o solo de grupo, o solo de nivel).
La Dirección también incluye en el redactado que las 51 personas seleccionadas en esta promoción deberán estar de alta en la empresa en el momento del pago en nómina, que será en el mes de julio. También acepta para que no quede nadie descolgado en esa franja económica sumar una posición de promoción a las 16 del año 2020, finalmente serán 52 personas a promocionar.
A partir de ese momento la disposición transitoria pasará a la historia y desaparecerá del redactado del Convenio.
Por parte del sindicato SI hemos querido dejar constancia de los motivos por los cuales manifestamos nuestra No Conformidad con el acuerdo alcanzado en la subcomisión de promoción del 2%:
- No estamos conformes con que no haya actas de las reuniones mantenidas por la comisión de empleo en las que toda la parte social acordó los criterios, de ahí que se hayan modificado a la carta.
- No hay existencia de ninguna de las actas del desarrollo de esta subcomisión pese a que lo hemos estado solicitando de forma reiterada.
- No estamos conformes ni con el orden de aplicación ni con los criterios establecidos, especialmente en lo relativo a la retribución económica, porque entendemos que es de dudosa objetividad.
- No estamos conformes con el acuerdo porque entendemos que todos los trabajadores de convenio deberían de haber tenido la oportunidad de participar de la promoción.
Por todos estos motivos el Sindicato Independiente no refrenda ni en la comisión de empleo, ni en la mesa de convenio este acuerdo, pero no porque no queramos que el personal con niveles más bajos mejore sus condiciones económicas, sino porque pensamos que cualquier trabajador proceda de donde proceda, debería de haber tenido la oportunidad de participar en este proceso. Defendemos los derechos de TODOS a participar en la promoción y creemos que en esta ocasión no ha sido así.
Tampoco entendemos que si lo que se pretende es limar las diferencias salariales se sigan firmando contratos cuyo nivel de entrada en la empresa es el grupo 3. Si las cosas no cambian y no hacemos nada por remediarlo, dentro de varios años estaremos negociando en convenio una promoción en semejantes términos para esos compañeros.
Lo que es realmente lamentable, es que en una empresa como Retevisión, no exista un sistema de promoción que permita a todo su personal mejorar su carrera profesional en la compañía. Pero eso es otra historia.
Por último y no menos importante felicitar a todos los compañeros y compañeras seleccionadas para la promoción, sin duda alguna se lo merecen.
El sindicato SI seguirá trabajando como siempre con transparencia y honestidad.
Gracias por tu atención.